La UE prepara un Código de buenas prácticas para marcar y etiquetar contenidos generados por IA: qué cambia y cuándo aplica

La Comisión Europea ha publicado el primer borrador del Código voluntario para cumplir las obligaciones de transparencia del art. 50 del Reglamento de IA: marcado legible por máquina y etiquetado de deepfakes y textos de interés público. Previsto para junio de 2026.

La transparencia sobre contenidos generados o manipulados por IA entra en fase “operativa”. En línea con el artículo 50 del Reglamento de Inteligencia Artificial (Reglamento UE 2024/1689), la Comisión Europea ha publicado el primer borrador del Código de buenas prácticas para el marcado y el etiquetado de contenidos generados por IA, con el objetivo de facilitar el cumplimiento antes de la aplicación efectiva de las normas.

1. Qué ha publicado la Comisión y por qué ahora

La Comisión publicó el primer borrador el 17 de diciembre de 2025 y plantea un calendario para llegar a una versión final en junio de 2026.
El proceso llevaba meses en marcha (consultas previas y grupos de trabajo) y se articula siguiendo la lógica del propio art. 50: proveedores vs. responsables del despliegue.

2. Qué exige el artículo 50 del Reglamento de IA (en sencillo)

El borrador se apoya en las obligaciones de transparencia del art. 50, orientadas a reducir engaños, manipulación y a reforzar la integridad del ecosistema informativo. 13 Revista Digital ELEX INSIGHT…

En concreto, se destaca que:

  • Los proveedores deben marcar contenidos generados/manipulados por IA en un formato legible por máquina (para poder detectar su origen).
  • Quienes desplieguen IA generativa con fines profesionales deben etiquetar claramente las ultrasuplantaciones (deepfakes) y determinados textos generados/manipulados sobre asuntos de interés público.

Además, el propio art. 50 prevé que la Oficina de IA impulse códigos de buenas prácticas y que la Comisión pueda aprobarlos (o, si no son adecuados, fijar normas comunes vía acto de ejecución).

3. Qué incluye el borrador del Código

El borrador se divide en dos secciones:

  1. Marcado y detección de contenidos IA (para proveedores de IA generativa).
  2. Etiquetado de deepfakes y ciertos textos IA sobre interés público (para responsables del despliegue).

4. Calendario: cuándo se consolida y cuándo “obliga”

La Comisión recogió aportaciones al primer borrador hasta el 23 de enero, previó un segundo borrador a mediados de marzo de 2026 y estima el texto final en junio de 2026. 13 Revista Digital ELEX INSIGHT…
Las normas de transparencia de contenidos generados por IA serían aplicables el 2 de agosto de 2026.

5. Implicaciones prácticas para organizaciones (especialmente sector público)

Si tu organización publica contenidos (nota informativa, comunicado, material audiovisual, campañas, atención ciudadana) y utiliza IA generativa, conviene preparar desde ya:

Tecnología: valorar soluciones de marcado/detección (especialmente si sois proveedores o generáis multimedia a escala).

Política interna: cuándo se permite IA, para qué fines y con qué revisión humana.

Etiquetado: criterios claros para deepfakes y para textos IA sobre asuntos de interés público.

Trazabilidad: registrar si el contenido fue generado/manipulado con IA, quién lo revisó y en qué versión.



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