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En este blog, ofrecemos una vista preliminar y reducida del artículo escrito por Ramón Terol Gómez, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante, para el octavo número de nuestra Revista Digital «ELEX INSIGHT».
Para leer el nuevo número de la revista de forma gratuita, haz clic aquí. En la misma, seis expertos del ámbito jurídico analizan en detalle las últimas novedades del sistema legal en España y como las nuevas tecnologías emergentes funcionan a través de ellos.
El Anteproyecto de Ley responde al Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido como el Reglamento de Inteligencia Artificial. Este reglamento, que entró en vigor en julio de 2024, establece normas armonizadas para la IA en la Unión Europea. Aunque el reglamento es directamente aplicable desde su entrada en vigor, se requiere que los Estados miembros implementen muchas de sus disposiciones, lo que explica la necesidad de una ley nacional que lo complemente.
El reglamento europeo es una norma extensa y compleja, con 180 considerandos, 113 artículos y 13 anexos. Su aplicación será escalonada, con disposiciones generales y normas sobre sistemas de IA prohibidos entrando en vigor el 2 de febrero de 2025, mientras que la gobernanza y las sanciones se aplicarán a partir del 2 de agosto de 2025. La parte más compleja, relacionada con los sistemas de alto riesgo, tendrá un período transitorio hasta 2027.
El anteproyecto presentado por el Consejo de Ministros sigue el camino trazado por el reglamento europeo, con el objetivo de implementar en España sus disposiciones clave. Algunas de las medidas más relevantes son las siguientes:
El anteproyecto se encuentra en fase de tramitación urgente, conforme a la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Este proceso incluye una audiencia pública en la que se presentaron alegaciones hasta el 26 de marzo de 2025. Posteriormente, el proyecto deberá pasar por varias etapas adicionales, incluyendo los informes de la Abogacía del Estado y del Consejo de Estado, así como un dictamen de la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
El texto del anteproyecto consta de 37 artículos, distribuidos en cuatro capítulos, y aborda desde las disposiciones generales hasta las sanciones, pasando por la gobernanza y la clasificación de las infracciones. Además, se prevé la creación de una base de datos nacional para registrar los sistemas de IA utilizados en infraestructuras críticas.
El anteproyecto establece que la supervisión de los sistemas de IA estará a cargo de diversas autoridades españolas, dependiendo del ámbito sectorial. Entre ellas se encuentran:
Aunque la tramitación del anteproyecto ha comenzado, aún queda camino por recorrer antes de su aprobación definitiva. Una vez superados los trámites internos, el proyecto será remitido a las Cortes Generales para su discusión y eventual aprobación como Proyecto de Ley.
Es importante estar atentos al desarrollo de este proceso, ya que la legislación sobre inteligencia artificial tiene implicaciones profundas en el uso de tecnologías emergentes, y su correcta regulación es crucial para garantizar la seguridad y la ética en su implementación.
En conclusión, el Anteproyecto de Ley para el Buen Uso y la Gobernanza de la Inteligencia Artificial representa un paso significativo hacia una regulación responsable de la IA en España. La legislación nacional, en línea con el marco europeo, contribuirá a un uso más seguro y transparente de la IA, protegiendo tanto a las empresas como a los ciudadanos. cada vez más se delegan a las máquinas.
Este blog solo recoge una muestra resumida del contenido que puedes encontrar en el sexto número de la Revista Digital «ELEX INSIGHT«. Para acceder a todos los números de forma gratuita, visita el siguiente enlace:
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