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La Unión Europea prepara una profunda simplificación de las reglas aplicables a la industria de defensa. Gonzalo Villar Roldán analiza el Defence Readiness Omnibus, que introduce plazos más breves para autorizaciones, aprobación tácita, nuevas facilidades para inversiones y pymes, mayor flexibilidad en las transferencias intracomunitarias y cambios en la contratación pública de seguridad y defensa.
En «Simplificar para disuadir: el paquete ómnibus de preparación en materia de defensa y la aceleración de autorizaciones, inversiones y transferencias intracomunitarias», Gonzalo Villar Roldán analiza el denominado Defence Readiness Omnibus, presentado por la Comisión Europea el 17 de junio de 2025. El paquete persigue reducir obstáculos regulatorios y administrativos que pueden retrasar la inversión, la producción y la circulación de productos relacionados con la defensa dentro de la Unión Europea. A 30 de septiembre de 2026, los tres textos habían sido aprobados por el Parlamento Europeo en primera lectura, pero seguían pendientes de aprobación formal por el Consejo y todavía no habían entrado en vigor.
El artículo sitúa esta iniciativa en el marco de ReArm Europe – Readiness 2030, que pretende movilizar hasta 800.000 millones de euros en inversión en defensa durante cuatro años, y del instrumento SAFE, dotado con hasta 150.000 millones de euros en préstamos para los Estados miembros. La tesis de partida es que el aumento de financiación no basta si los proyectos siguen sometidos a autorizaciones largas y divergentes, dificultades en la contratación o barreras para las transferencias entre países de la Unión.
El paquete se articula en tres instrumentos legislativos. El primero regula la aceleración de los procedimientos de autorización para proyectos de preparación en materia de defensa; el segundo facilita las inversiones y modifica, entre otras normas, el Reglamento del Fondo Europeo de Defensa; y el tercero reforma las reglas sobre transferencias intracomunitarias y contratación pública en seguridad y defensa.
Uno de los cambios más relevantes afecta a los procedimientos de concesión de autorizaciones. El nuevo régimen prevé un punto de contacto único por proyecto, tramitación electrónica, coordinación de evaluaciones y plazos máximos vinculantes. Como regla general, el procedimiento deberá resolverse en un máximo de 42 días hábiles desde que la solicitud se declare completa, aunque en circunstancias excepcionales podrá ampliarse hasta un máximo total de 102 días hábiles.
El texto introduce además la figura de la aprobación tácita. Si la Administración no comunica una decisión dentro del plazo correspondiente, las autorizaciones incluidas en la solicitud se entenderán concedidas. Los Estados miembros podrán establecer excepciones limitadas cuando exista un riesgo grave para la salud humana o la seguridad nacional, y las decisiones tácitas podrán ser recurridas por los afectados.
El segundo bloque de reformas se dirige a facilitar las inversiones en defensa. El paquete amplía las posibilidades de aplicar exenciones por razones de defensa en normas como REACH, CLP, biocidas y contaminantes orgánicos persistentes, aunque estas excepciones deberán justificarse y mantenerse dentro de un marco de protección de la salud y del medio ambiente.
También se modifica el Fondo Europeo de Defensa para simplificar solicitudes y ejecución, reforzar el apoyo a las pymes y favorecer la cooperación transfronteriza. Entre las novedades se incluyen nuevas definiciones para las pymes transfronterizas, cambios en los criterios de adjudicación, mayores bonificaciones de financiación en determinados proyectos y nuevas previsiones sobre tecnologías disruptivas, participación de entidades vinculadas a Ucrania y derechos de acceso a resultados.
El artículo dedica especial atención a la simplificación de las transferencias intracomunitarias de productos relacionados con la defensa. La reforma amplía los supuestos en los que pueden realizarse transferencias sin autorización previa, por ejemplo cuando intervengan instituciones europeas, operadores certificados, programas colaborativos de armamento, proyectos financiados por programas europeos o asociaciones industriales estructuradas entre empresas de varios Estados miembros.
Se refuerza igualmente el sistema de licencias generales de transferencia y la certificación de operadores. La certificación pasa a tener una utilidad directa para acceder a determinados regímenes simplificados, pero exige a las empresas disponer de programas internos de cumplimiento y mecanismos de control de riesgos de exportación.
En materia de contratación pública en seguridad y defensa, la propuesta eleva de forma sustancial los umbrales económicos de la Directiva 2009/81/CE. Para suministros y servicios pasarían de 443.000 a 2 millones de euros, mientras que para obras subirían de 5,538 a 10 millones de euros. También se introducen procedimientos abiertos, sistemas dinámicos de adquisición, asociaciones para la innovación, contratación conjunta entre Estados miembros y acuerdos marco de hasta diez años.
Para las empresas del sector, las reformas obligan a prepararse con antelación. El artículo señala la conveniencia de identificar qué proyectos podrían acogerse al procedimiento acelerado, reforzar los programas internos de cumplimiento, revisar las estrategias de financiación a través del Fondo Europeo de Defensa y adaptar la contratación a los nuevos umbrales y procedimientos. Los Estados miembros, por su parte, deberán designar puntos de contacto, decidir cómo aplicar las excepciones a la aprobación tácita y transponer las reformas sobre transferencias y contratación.
La conclusión del autor es que el paquete convierte la simplificación normativa en una herramienta de preparación y disuasión europea, pero su resultado dependerá en gran medida de la aplicación que hagan los Estados miembros. La existencia de plazos más breves, licencias generales y procedimientos de contratación más flexibles puede reducir barreras, aunque siguen existiendo márgenes nacionales, excepciones y diferencias entre Estados que condicionarán su eficacia práctica.
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