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En este artículo, te ofrecemos una adaptación abreviada del escrito de José Rodríguez García, abogado en ejercicio, doctor en derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y profesor contratado doctor acreditado por ANECA, para el primer número de nuestra Revista Digital «ELEX INSIGHT«.
Para leer el nuevo número de la revista de forma gratuita, haz clic aquí. En la misma, seis expertos del ámbito jurídico analizan en detalle las últimas novedades del sistema legal en España y como las nuevas tecnologías emergentes funcionan a través de ellos.
La evolución digital está transformando nuestras interacciones sociales y legales. En este artículo, exploramos cómo emoticonos, emojis y likes en redes sociales han sido considerados elementos válidos de consentimiento en diversas sentencias judiciales.
El consentimiento contractual es un pilar esencial para la validez de los contratos, regulado en el artículo 1261 del Código Civil. Con la digitalización, herramientas como WhatsApp, Telegram o Facebook han introducido nuevos escenarios para expresar este consentimiento, lo que ha generado debate en el ámbito jurídico.
¿Sabías que estos elementos pueden tener repercusiones legales? ✍️ Un ejemplo reciente es la sentencia canadiense de 2023 que consideró el emoji «👍» como un acuerdo contractual.
Un emoticono «👍» en un mensaje de WhatsApp fue interpretado como aceptación de horas trabajadas en un contrato de alquiler de maquinaria. El tribunal concluyó que el contexto de la conversación validaba el acuerdo.
En un caso laboral, el emoji «👍» fue considerado como equivalente a «ok» o «estoy de acuerdo». Esto subrayó su relevancia para mostrar conformidad en el entorno laboral.
Un emoticono de aprobación confirmó la existencia de una deuda en un intercambio de mensajes de WhatsApp. El tribunal valoró su contexto para determinar la exigibilidad del pago.
El Tribunal Supremo analizó cómo los «likes» en Facebook pueden interpretarse como consentimiento para la publicación de imágenes personales. Según el fallo, los usos sociales de las redes y la interacción regular validaron el permiso tácito de la demandante.
El uso de emoticonos y likes en el ámbito jurídico plantea desafíos y oportunidades. Aunque estas herramientas digitales son informales, su contexto y uso habitual pueden convertirlas en actos jurídicos vinculantes.l
Este blog solo recoge una muestra resumida del contenido que puedes encontrar en el quinto número de la Revista Digital «ELEX INSIGHT«. Para acceder a todos los números de forma gratuita, visita el siguiente enlace:
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