Sobre el Proyecto de Real Decreto de agosto de 2026 por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos.

Ramón Terol Gómez analiza el Proyecto de Real Decreto que pretende regular los requisitos de sostenibilidad energética y medioambiental, resiliencia y soberanía digital de los centros de datos en España. La propuesta vincula estas exigencias a los permisos de acceso y conexión eléctrica e introduce obligaciones sobre eficiencia, uso del agua, energías renovables, localización de datos y transparencia.

En «Sobre el Proyecto de Real Decreto de agosto de 2026 por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos», Ramón Terol Gómez analiza el proyecto normativo sometido a información pública entre finales de agosto y comienzos de septiembre de 2026, destinado a establecer nuevas condiciones para la implantación y funcionamiento de centros de datos en España.

El proyecto parte de la importancia creciente de estas infraestructuras para la digitalización de la economía, los servicios digitales, la inteligencia artificial y el funcionamiento de las Administraciones públicas, pero también de su elevado consumo de energía y agua y de la presión que pueden ejercer sobre la capacidad de las redes eléctricas. La propuesta intenta hacer compatibles la expansión digital y la transición energética, incorporando además objetivos de resiliencia y soberanía digital.

Uno de los rasgos más relevantes del proyecto es que los requisitos de sostenibilidad no se conciben como obligaciones independientes, sino como condiciones vinculadas a los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución eléctrica. Para obtener y mantener esos permisos, determinados centros deberán acreditar el cumplimiento de exigencias sobre soberanía digital, eficiencia energética e hídrica y consumo de energía renovable.

Como regla general, las obligaciones materiales se aplicarían a los centros de datos con una potencia de acceso igual o superior a 1 MW, aunque las obligaciones de transparencia alcanzarían ya a instalaciones cuya potencia de tecnologías de la información sea igual o superior a 500 kW. Quedarían fuera los centros destinados exclusivamente a defensa, protección civil y seguridad pública.

En materia de soberanía y resiliencia digital, el proyecto exige que los operadores presenten declaraciones responsables y acrediten determinadas garantías sobre la localización, tratamiento y control de los datos. Entre otras medidas, se prevé que ciertos datos, metadatos y registros permanezcan dentro de la Unión Europea y que existan mecanismos de trazabilidad sobre accesos y operaciones realizadas desde terceros países.

Las exigencias son especialmente estrictas cuando se trate de información vinculada al sector público o a sistemas sometidos al Esquema Nacional de Seguridad. En determinados casos, los datos, copias de seguridad, registros y telemetría deberán tratarse, almacenarse y transferirse exclusivamente dentro de la Unión Europea.

Otro bloque importante afecta a la eficiencia energética y al uso del agua. El proyecto vincula los estándares nacionales al futuro Sistema Europeo de Etiquetado de Centros de Datos y exige alcanzar la clase «A». Hasta que ese sistema sea plenamente aplicable, se establecen valores transitorios de PUE igual o inferior a 1,15 y WUE igual o inferior a 0,1. Un incumplimiento grave y continuado podría afectar incluso a la conservación de los permisos de acceso y conexión.

El proyecto también introduce obligaciones específicas sobre consumo de energías renovables. Mientras la cuota nacional de generación renovable no supere el 90 %, los centros deberán cubrir al menos el 80 % de su consumo mediante autoconsumo renovable o contratos de compra de electricidad renovable a plazo. Además, se exige una relación temporal entre la generación renovable y el consumo real del centro.

La finalidad es evitar que una instalación pueda considerarse abastecida con energía renovable únicamente mediante un balance anual. El proyecto pretende que exista una correspondencia efectiva entre la electricidad consumida y la generación renovable disponible en cada periodo, introduciendo así requisitos de adicionalidad y correlación horaria.

El régimen de incumplimiento es especialmente exigente. La propuesta contempla recargos sobre peajes y cargos del sistema eléctrico que pueden alcanzar porcentajes muy elevados cuando no se cumplen los niveles exigidos de generación renovable adicional o correlación horaria. En los casos más graves y reiterados se prevé la posibilidad de perder los permisos de acceso y conexión.

También se regulan de forma detallada los contratos de compra de energía o PPA utilizados para justificar el cumplimiento. Estos contratos deberán identificar el centro de datos y las instalaciones de generación asociadas, tener una duración mínima de diez años y formalizarse en escritura pública. No bastará con determinadas coberturas financieras o con la adquisición de garantías de origen desvinculadas del centro concreto.

El proyecto incluye además un régimen de transparencia pública. Los centros con una potencia de TI igual o superior a 500 kW deberán comunicar anualmente información sobre eficiencia energética y sostenibilidad, que será publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, respetando los secretos empresariales y la información confidencial.

Uno de los puntos más sensibles es su régimen transitorio. La nueva regulación podría afectar no solo a futuros proyectos, sino también a solicitudes de acceso pendientes e incluso a instalaciones que ya dispongan de permisos pero todavía no estén conectadas a la red. En algunos casos, los promotores dispondrían de tres o seis meses para acreditar el cumplimiento de las nuevas condiciones.

El artículo concluye que el proyecto supone un cambio en la forma de regular los centros de datos en España: la disponibilidad de capacidad eléctrica deja de depender únicamente de criterios técnicos y pasa a vincularse también a objetivos de política energética, medioambiental y digital. Esto puede tener efectos directos sobre la planificación jurídica, financiera y energética de nuevos proyectos y de iniciativas ya en desarrollo.

El autor recoge asimismo la reacción crítica de parte del sector, que ha advertido de posibles impactos sobre inversiones ya previstas y de eventuales litigios si la regulación se aprueba en términos similares a los sometidos a consulta pública. Estas valoraciones se presentan en el artículo como posiciones expresadas por asociaciones y empresas del sector, no como una conclusión propia sobre la viabilidad del proyecto.


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